subastas judiciales

Lo que deberías saber sobre las subastas judiciales electrónicas

Con la entrada en vigor de la Ley 19/2015, la Administración estableció un único portal de subastas dependiente de la Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado. Con ello, se busca mayor publicidad, transparencia, acceso y participación a los procesos relacionados con las subastas judiciales de bienes muebles e inmuebles.

Con esta revolución al sistema tradicional, cualquier persona puede participar de las subastas con el requisito principal de acceso a internet. De esta forma, puede hacer pujas independientemente de la ubicación física del juzgado. Además de ello, es importante considerar la siguiente información si estás interesado en participar en una de estas subastas electrónicas:

1. El lugar donde se celebran

Las subastas judiciales electrónicas tienen lugar en el Portal de Subastas del Boletín Oficial del Estado. Cada una de las subastas donde se participa cuenta con un número de identificación único, que se asigna al expediente acordado.

2. Momento de apertura de la subasta

La subasta judicial electrónica comienza a funcionar a partir de las veinticuatro horas siguientes desde el momento en que salió su anuncio en el Boletín Oficial del Estado. En este anuncio se establece la fecha del evento, la oficina judicial que ejecuta el procedimiento, el número de identificación así como la clase. También se incluye la dirección electrónica correspondiente a la subasta en el Portal de Subastas.

3. Cómo participar

Para poder tener acceso a la subasta judicial electrónica, los interesados deben estar dados de alta como usuarios de este sistema. Para ello es necesario tener previamente instalado en el navegador de preferencia un certificado de firma electrónica. Esto solo es al principio, ya que posteriormente podrá ingresar solo con el usuario y contraseña desde cualquier dispositivo.

4. Publicación de la puja

Las pujas se envían únicamente de forma telemática al Portal de Subastas oficial, el cual devuelve un acuse técnico. Además de esto, también incluye un sello de tiempo sobre el momento exacto en el que se recibe la postura y la cuantía. Solo después de esto se hace pública electrónicamente la puja.

6. Sobre el postor

El postor también debe confirmar si aprueba o no la reserva de postura señalada en el párrafo segundo del apartado 1 del artículo 652 de la LEC. Igualmente, debe indicar si puja en nombre propio o en nombre de un tercero.

7. Duración de la subasta

Cada subasta tiene una duración de 20 días naturales, tiempo en el que se podrá enviar pujas. No obstante, cabe aclarar que al llegar a las 24:00 horas del vigésimo día, la subasta no cerrará hasta una hora después de la realización de la última postura publicada. Esto solo aplica si esta resulta superior a la mejor postura publicada hasta ese momento.

8. Suspensión temporal de la subasta

Si el letrado de la Administración de Justicia es notificado de la declaración de concurso del deudor, procederá a dejar sin efecto la subasta a través de un decreto. Esto es posible aunque la subasta ya hubiera dado inicio. Por otro lado, cuando la suspensión que abarque más de quince días se hará devolución de fianzas.

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